Comités de Contraloría Ciudadana – Atribuciones

          Atribuciones de los integrantes del comité

 

  • Presidente (a).

Quien ocupe la Presidencia del Comité, tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Organizar y participar en asamblea presencial o virtual;
  2. Llevar la representación de los usuarios o beneficiarios de una obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental ante la Dependencia o Entidad;
  3. Convocar por escrito o través del uso de las TIC´s, a las reuniones de asamblea;
  4. Informar a la asamblea sobre las características de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental, metas y alcance del programa, monto de inversión y periodo de ejecución, entre otros aspectos relacionados;
  5. Programar las visitas de revisión y/o verificación durante el proceso de ejecución de la obra, apoyo, trámite o servicio;
  6. Aplicar las cédulas de vigilancia, suscribir el acta circunstanciada y hacer la entrega de estás, mediante sobre cerrado, en la reunión celebrada con quien funja como Enlace Institucional o los servidores públicos que éste designe, o a través de las herramientas de comunicación electrónicas establecidas por las Dependencias y Entidades;
  7. Recibir y turnar a las dependencias o entidades correspondientes, las solicitudes con motivo de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental o hacer la entrega de éstas, mediante sobre cerrado, en reunión celebrada con quien funja como Enlace Institucional o los servidores públicos que éste designe, y
  8. Las demás que tengan relación directa para el correcto seguimiento y vigilancia de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental.
  • Secretaria (o).

 Quien funja como Secretario del Comité, tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Suplir al presidente en sus funciones en caso de ausencia;
  2. Llevar el puntal registro de todos los acuerdos emanados de las asambleas, virtuales o presenciales, y dar lectura a los mismos;
  3. Integrar un expediente con los documentos necesarios para evidenciar las actividades realizadas por el Comité;
  4. Aplicar las cédulas de vigilancia, suscribir el acta circunstanciada y hacer la entrega de estás mediante sobre cerrado en reunión celebrada con quien funge como Enlace Institucional o los servidores públicos designados por éste, o a través de las herramientas de comunicación electrónicas establecidas por las Dependencias y Entidades;
  5. Recibir y turnar a las dependencias o entidades correspondientes, las solicitudes con motivo de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental; o hacer la entrega de éstas, mediante sobre cerrado en reunión celebrada con quien funja como Enlace Institucional o los servidores públicos que éste designe;
  6. Aquellas que le sean delegadas por quien ocupe la presidencia, y
  7. Las demás que tengan relación directa para el correcto seguimiento y vigilancia de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental.
  • Vocales “A”, “B” y “C”

 Quienes funjan como vocales del Comité, tendrán las siguientes atribuciones:

  1. Suplir a quien funja como secretario en sus funciones en caso de ausencia;
  2. Participar en la asamblea, ya sea de manera presencial o virtual;
  3. Integrar la información de las obras, apoyos, trámites o servicios a ejecutar, para proporcionársela al secretario;
  4. Apoyar la organización de las reuniones de la asamblea, presencial o virtual, dando a conocer la convocatoria de manera física o electrónica;
  5. Aplicar las cédulas de vigilancia, suscribir el acta circunstanciada y hacer la entrega de éstas, mediante sobre cerrado, en reunión celebrada con quien funge como Enlace Institucional o los servidores públicos designados por éste, o a través de las herramientas de comunicación electrónicas establecidas por las Dependencias y Entidades;
  6. Recibir y turnar a las dependencias o entidades correspondientes, las solicitudes con motivo de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental; o hacer la entrega de éstas, mediante sobre cerrado en reunión celebrada con quien funja como Enlace Institucional o los servidores públicos que éste designe;
  7. Aquellas que le sean delegadas por quien ocupe la presidencia, y
  8. Las demás que tengan relación directa para el correcto seguimiento y vigilancia de la obra, apoyo, trámite o servicio gubernamental.

 

 

 

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